El bloque de Ciudad Futura ingresó un proyecto para que el Concejo Municipal rechace el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presidencial publicado este jueves en el Boletín Oficial. La iniciativa cuestiona la norma, denominada «Bases para la reconstrucción de la economía argentina», por su «ilegalidad, insanable nulidad e inconstitucionalidad manifiestas» e invita al Congreso de la Nación y a los cuerpos legislativos de todo el país a pronunciarse en contra de las medidas.
El DNU lleva el número 70/2023 y dispone la derogación de más de 300 leyes vigentes. Entre otras, la ley de alquileres, de contrato de trabajo y empleo y promoción del trabajo, de promoción comercial, de abastecimiento, la ley de góndolas y abre las puertas para la privatización de las empresas del Estado.
- Según señala el proyecto presentado en el Concejo Municipal, con el objeto explicitado de “desregular la economía argentina”, el decreto avanza en la derogación de leyes, lo que implica «un grave retroceso en los derechos conquistados a lo largo de nuestra historia, como así también un avasallamiento al Estado de derecho».
Y destaca que «la norma, de ilegalidad e inconstitucionalidad manifiesta, violenta los más elementales resortes del sistema republicano de gobierno y, por tanto, pone en crisis al sistema democrático mismo» ya que avasalla la división de poderes toda vez que el Poder Ejecutivo Nacional se arroga facultades legislativas vedadas.
La propuesta recuerda que la Constitución Nacional autoriza los Decretos de Necesidad y Urgencia para circunstancias excepcionales y en relación a determinadas materias. De acuerdo a la Carta Magna «el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros».
En cambio, advierte, «el DNU 70/23 se da de bruces con los dos supuestos enunciados: no existe imposibilidad alguna de seguir los trámites ordinarios en el ámbito natural de sanción de leyes (el Congreso de la Nación) y avanza en una innumerable cantidad de regulaciones que exceden largamente las materias mencionadas». Una maniobra que consideran «a todas luces constituye una práctica paraconstitucional del Poder Ejecutivo».
Así, recuerda que la naturaleza jurídica de los DNU no está relacionada con modificar o derogar normas de fondo, salvo circunstancias excepcionales en las que la necesidad y urgencia lo justifiquen y siempre por un lapso temporal -como sucedió en tiempos de pandemia Covid 19-, nunca de modo permanente.
La iniciativa de los concejales de Ciudad Futura repasa varios pronunciamientos de la Corte Suprema que advierten que “las facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista”.