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viernes, noviembre 8, 2024

El teléfono fijo de la celda de “Guille” Cantero “no es un privilegio”

El teléfono que Ariel Máximo “Guille” Cantero tenía en su celda del complejo penitenciario de Marcos Paz “es un aparato de uso común como los que hay en cualquier pabellón de las distintas cárceles” y “para nada constituye un privilegio”. Así lo explicó la interventora del Servicio Penitenciario Federal (SPF), María Laura Garrigós de Rébori, quien salió a explicar por qué el líder de la banda de Los Monos contaba con la posibilidad de comunicarse con el exterior como lo tiene cualquier detenido.

La funcionaria nacional tuvo que salir a aclarar la situación después de que, tras la balacera al Centro de Justicia Penal cometida el pasado miércoles y a horas de que empiece un nuevo juicio contra Guille como ideólogo de una serie de ataque a tiros contra blancos judiciales cometidos durante 2018, los jueces que investigan este nuevo episodio ordenaran allanar su lugar de detención para detectar si contaba con equipos de comunicaciones que le hubiesen permitido emitir la orden de balear el emblemático Centro de Justicia Penal.

El procedimiento se desarrolló el lunes a la mañana y los agentes federales que requisaron el módulo 2 del pabellón 7 del complejo carcelario ubicado en la localidad bonaerense de Marcos Paz, encontraron un aparato negro de telefonía fija como los que aún existen en muchos hogares argentinos.

  • Por decisión judicial ese teléfono fue secuestrado y se requirieron informes al SPF, a las autoridades de la cárcel y al Ministerio de Justicia de la Nación sobre cuál es la “normativa legal aplicable que autoriza a que el interno posea acceso ilimitado a un teléfono a disposición suya las 24 horas del día”.

En ese sentido, hay que remarcar que la propia Ley 24.660 de Ejecución Penal contempla las formas en que una persona privada de la libertad puede comunicarse con quienes estén fuera del establecimiento donde cumple su condena. Al respecto, la norma establece en su artículo 158 que “en ningún caso los reglamentos pueden impedir que el interno se comunique periódicamente con su familia, amigos, conocidos, curadores, abogados o representenates de organismos oficiales o instituciones privadas interesadas por su reinserción social”. Y agrega que “siempre se debe respetar la privacidad de las comunicaciones”.

En tanto, el artículo 160 sostiene que “quedan prohibidas las comunicaciones telefónicas a través de equipos o terminales móviles” y que “a tal fin se deberá proceder a instalar inhibidores en los pabellones o módulos de cada penal”.

Siguiendo la letra de la ley, que Guille haya tenido un teléfono fijo en su celda deja de ser un privilegio para ser un derecho. Pero lo que cuasó asombro en muchos fue que estuviera en su propia celda y no en el pabellón donde está recluido. Al respecto Fausto Yrure, su abogado defensor, sostuvo que “el teléfono estaba en su celda porque está aislado y es el único ocupante de ese módulo, por lo que no hay otra persona que pueda hacer uso del aparato en ese sitio”.

En ese marco, la interventora del SPF aseguró que a pesar del secuestro del teléfono deberá “reponerlo inmediatamente” porque es un aparato de uso común. Y agregó: “En todos los pabellones hay teléfonos públicos puestos por la empresas Telecom y Telefónica que los internos utilizan con tarjetas prepagas para comunicarse con sus familiares porque las personas están detenidas pero no están incomunicadas”.

Garrigós de Rébori señaló que la incomunicación se aplica por decisión de los jueces que llevan adelante las causas y suele implementarse “al principio de las investigaciones y con una justificación” pero que esa prohibición no alcanza a las personas privadas de la libertad y ya condenadas. Y sobre el teléfono secuestrado en la celda de Guille, explicó que se trata de “un pabellón chico, con las celdas abiertas durante el día y un patio en el cual las personas circulan por adentro”.

Asimismo explicó que “los equipos no se amuran en la pared (como ocurría anteriormente porque los viejos teléfonos públicos ya no se fabrican). Son teléfonos comunes como los que hay en los negocios y que se pueden mover con un cable largo. Como la celda de esta persona está justo enfrente del estante donde se apoya el aparato, lo más probable es que lo haya corrido porque lo estaba utilizando adentro de la celda”.

Sobre las suspicacias que generó el supuesto beneficio del que gozaría Cantero de ocupar ese lugar en el pabellón, Garrigós de Rébori aseguró que “la persona no elige la celda en la cual está alojada, eso lo define el Servicio Penitenciario”. Y agregó que “aunque estuviera en otra celda, tendría acceso a ese teléfono de igual manera”.

A diferencia de lo que puede pasar en otras prisiones, la funcionaria federal explicó que en el complejo de Marcos Paz están inhibidas las señales para celulares y que solo en los pabellones más grandes hay varios teléfonos, algo que no ocurre en el lugar donde está recluído Guille, donde hay un solo aparato.

En ese marco, negó que el hallazgo del teléfono dentro de la celda del líder de Los Monos sea una prueba de corrupción de los agentes penitenciarios: “Si hubiera una connivencia con el Servicio Penitenciario el personal fácilmente le hubiera dicho «poné el teléfono en su lugar» (antes de que se realizara el allanamiento) y no lo hubieran encontrado. No es un problema de corrupción, yo no lo veo así”, aclaró antes de anunciar que no obstante se iniciará un sumario para despejar dudas y determinar posibles “irregularidades”.

“En ese penal de máxima seguridad hay más de 1.500 personas detenidas. Si algún juez decide intervenir un teléfono público se cumple con la orden y en ese caso se escuchan las conversaciones que mantienen los detenidos. Pero el Servicio Penitenciarios no puede hacer eso sin una orden judicial, lo que rige también para el señor Cantero”.

Finalmente, Garrigós de Rébori explicó que “en este momento no hay más teléfono en ese pabellón y lo que tenemos que hacer inmediatamente es conseguir que la empresa telefónica coloque un nuevo teléfono porque si no voy a tener planteos por vía de habeas corpus por negar la comunicación a la personas allí detenidas”.

Ojo de Prensa
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