Dos presos alojados en la Unidad Penitenciaria 6 de Rosario y otro hombre fueron imputados este sábado por haber cometido al menos 200 extorsiones y estafas bajo la modalidad “cuento del tío” durante el pasado mes de diciembre.
A través de una videoconferencia, la fiscal Valeria Haurigot imputó a Agustín M. por los delitos de asociación ilícita en carácter de jefe/organizador, estafa (dos hechos), extorsión en grado de tentativa y amenazas coactivas todo en concurso real; y a Adrián G. y Lucas G. los delitos de asociación ilícita en carácter de miembro, estafa (dos hechos) y extorsión en grado de tentativa todo en concurso real.
La funcionaria del MPA les atribuyó haber formado parte de una organización que cometía ilícitos y/o provisión de servicios a terceros para su realización, referidos a la realización de extorsiones y a estafas del tipo “cuento del tío”.
La organización funcionaba de manera estable y con continuidad en el tiempo, con división de tareas y asignación de roles, al menos desde el pasado 5 de diciembre. Para Haurigot, los reclusos hacían valer su situación dentro del pabellón 11 de la Unidad Penitenciaria Nº 6 de Rosario, donde tenían “acceso ilimitado a móviles de telefonía” gracias al derecho de recibir visitas que les proveían información y elementos para desarrollarse.
Roles 👥
En la definición de los roles dentro de la organización se determinó que Agustín M. era el jefe y organizador y era quien obtenía datos para realizar los delitos, bajando instrucciones a Lucas T., quien se encontraba en libertad. Se encargaba de elegir los destinatarios, el ritmo de trabajo con el objetivo de obtener ganancias aprovechando la desesperación de las víctimas.
En tanto, Adrián G. fue la persona que prestó su voz en la mayoría de las comunicaciones extorsivas realizadas. Por último, Lucas T. era quien participaba y finalizaba los hechos delictivos encargándose de retirar el dinero u objetos de valor.
Según la investigación, este tridente delictivo ejecutó entre el 29 de noviembre y el 16 de diciembre del 2021 al menos 200 hechos de estafas, tentativas de estafa y extorsiones.
Los hechos 📑📱
En su imputación, la fiscal Haurigot detalló varios de los delitos cometidos:
+ 5/12/2021 – Los miembros de la banda se comunicaron desde una línea telefónica con una persona simulando ser oficiales de tránsito, los cuales manifestaron a la víctima que su hijo habría sufrido un accidente. Luego uno de ellos, simulando ser su hijo y con voz de desesperación, solicitó ayuda a la víctima. De inmediato comenzaron a exigirle dinero bajo amenazas de matar al supuesto hijo. Dicha maniobra no pudo llegar a concretarse por la comunicación de la víctima con la mujer de su hijo dándose cuenta del engaño.
+ 13/12/2021 – Alrededor de las 20.30 de ese día se comunicaron a un línea de telefonía fija y simulando ser nietos de la víctima -aprovechando la situación de vulnerabilidad de la misma ya que presentaba problemas de audición y ubicación-, le exigieron dinero para una compra en un supermercado. Los mismos solicitaron a la mujer $40.000. La señora les indicó que en su poder solo tenía la mitad de la suma depositada. Minutos más tarde, uno de los integrantes de la banda se apersonó al domicilio de la mujer para llevarse esa suma de dinero.
+ 29/12/2021 – En fecha 29 de enero de 2022 se comunicaron a una línea telefónica fija donde simulando ser el nieto de la víctima, le manifiesta que se encontraba en un supermercado y que necesitaba una suma de dinero para abonar la compra aprovechando la situación de desconcierto de la víctima. La mujer colocó la suma de $15.000 y una tarjeta bancaria en un sobre y se la entregó al hombre que se presentó en su domicilio simulando ser amigo del nieto.
+ 16/12/2021 – Ese día Lisandro M. se comunicó con la víctima y lo amenazó diciéndolo que no se acercara a una mujer suponiendo que la mencionada podría ser pareja del imputado. Luego lo amenazó de muerte.
Tras las argumentaciones, el juez de 1ª Instancia Nicolás Foppiani le dictó a Lucas T. prisión preventiva efectiva por el plazo de ley (dos años). En tanto, dispuso para Agustín M. y Adrián G. un régimen especial de comunicación con el exterior consistiendo en limitar el contacto con personas no privadas de la libertad, por el plazo de 90 días.