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viernes, mayo 16, 2025

Imputaron al acusado de asesinar al colectivero y a la mujer que habría suministrado el arma al menor que mató al playero

Dos nuevos imputados por los asesinatos del colectivero Marcos Iván Daloia y el playero Bruno Bussanich, quienes fueron atacados a tiros el 7 y 9 de marzo pasado, respectivamente, en hechos considerados «narcoterroristas» según la ministra de Seguridad nacional Patricia Bullrich. Los nuevos acusados fueron Axel H. (19 años), sindicado como el presunto autor de los disparos que mataron al conductor de la Línea K, y Joana G. (37), quien tuvo un rol pesado en la comisión del homicidio perpetrado en la estación de servicio Puma de Mendoza al 7600. La jueza Paula Álvarez los dejó en prisión preventiva efectiva por el plazo de ley.

En la acusación, en la que participaron los fiscales Adrián Spelta, Patricio Saldutti y Franco Carbone, se sostuvo que el crimen de Bussanich fue ordenado por una videollamada que mantuvo el menor no punible de 15 años, autor del asesinato, con reclusos alojados en el penal federal de Ezeiza. Dicha comunicación se mantuvo el 9 de marzo en Misiones al 2200, en la casa del ya imputado Axel Rodríguez, quien cumplía prisión domiciliaria por delito que había cometido cuando era adolescente.

Se aseveró que fue Joana G. la persona que llevó la pistola Taurus calibre 9 milímetros hasta Misiones al 2200 para entregársela al menor que después la utilizó para matar a Bussanich. Agregó que también le dio el cartel que el agresor dejó en la Puma al momento de ejecutar los disparos. Una vez cometido el hecho, la misma mujer esperó en esa propiedad al adolescente para sacarle el arma y llevársela de la escena.

En una audiencia imputativa de este jueves 1° de agosto, realizada en sala 7 de la Oficina de Gestión Judicial del Centro de Justicia Penal de Rosario, los fiscales Patricio Saldutti y Adrián Spelta le atribuyeron a:

+ Axel H.: los delitos de homicidio doblemente calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y por precio o promesa remuneratoria, agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad; en concurso ideal con intimidación pública agravada por el uso de arma de fuego y la participación de menores de edad; y coacciones agravadas por ser anónimas y con el propósito de obtener alguna medida o concesión por parte de los miembros del poder ejecutivo de la Provincia de Santa Fe en carácter de coautor y en grado consumado; todo ello en concurso real con el delito de Portación ilegítima de arma de fuego de guerra en carácter de autor.

+ Joana G.: los delitos de homicidio doblemente calificado por el concurso premeditado de dos o más personas y por precio o promesa remuneratoria, agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad, en concurso ideal con Intimidación pública agravada por el uso de arma de fuego y la participación de menores de edad; y coacciones agravadas por ser anónimas y con el propósito de obtener alguna medida o concesión por parte de los miembros del poder ejecutivo de la provincia de Santa Fe en carácter de coautora funcional y en grado consumado.

En audiencia, los fiscales solicitaron la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley para los imputados.  La jueza de Primera Instancia tuvo por formalizada la audiencia disponiendo la prisión preventiva efectiva para ambos imputados por el plazo de ley.


El fiscal Patricio Saldutti le atribuye a Axel H. junto a  Alejandro N., Brenda Natalí P., Gustavo Alejandro M., Macarena Solange M. y Axel Uriel R. (ya imputados) y José Maturano (con pedido de captura) junto a personas menores de edad , siendo éstos M.M de 17 años, M.C. de 16 años, a menores no punibles, D.M.G de 15 años, y C.N.T de 15 años, y junto a personas aún no identificadas; el haber formado parte del grupo que ideó y perpetró una parte de los ataques armados destinados a generar temor y conmoción pública en la ciudad de Rosario tras la selección de objetivos sensibles como víctimas choferes de taxi; recolectores de residuos; choferes de colectivos; comisarías; farmacias; y estaciones de servicio; ello como respuesta a las modificaciones impuestas en los últimos tiempos en los distintos regímenes de detención en las Unidades Penitenciarias, tanto en el Servicio Penitenciario Provincial como en el Servicio Penitenciario Federal, logrando tras el accionar conjunto atemorizar a la población en general.

«Con su accionar, los imputados tuvieron como finalidad infundir temor y conmoción pública, logrando atemorizar a la población de la ciudad de Rosario en general y a la comunidad de taxistas, choferes de colectivos y playeros de estaciones de servicios en particular, provocando el cese temporal de dichos servicios, quebrando la tranquilidad pública de la sociedad», señalaron.

Asimismo, tuvieron como propósito afectar el ejercicio de sus funciones públicas en el marco del Poder Ejecutivo Provincial, conociendo que estos hechos provocarían un impacto en los habitantes de la provincia que necesariamente, podría llegar a repercutir en la toma de decisiones respecto a políticas públicas adoptadas en materia de seguridad en todo el territorio provincial, teniendo en consideración la especial coyuntura actual, el contexto social que atraviesa la ciudad de Rosario, y las restricciones aplicadas a los presos de alto perfil alojados en la órbita del servicio penitenciario provincial; personas vinculadas a organizaciones criminales, desde el régimen de alto perfil del Complejo Penitenciario Federal N.º 1 de Ezeiza, determinaron y encomendaron a Axel R., quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria a disposición de la Justicia de Menores, que organice distintos hechos delictivos, ofreciendo una recompensa económica para quienes los ejecuten.

Cumpliendo el mandato recibido, seleccionó los objetivos de los hechos, y dispuso de los recursos materiales y personales para cometer los mismos impartiendo las instrucciones particulares y entregando el arma de fuego utilizada; ordenado así los hechos ilícitos a cometerá cambio de una suma de dinero para los autores materiales, seleccionando los mismos. Todo ellos, desde el domicilio donde cumplía prisión domiciliaria.

El 7 de marzo de 2024, a las 18.45 aproximadamente, la motocicleta marca Honda modelo Twister 250cc de color blanco conducida por José Maturano (con captura vigente) llevando como acompañante al Axel H., se presentaron en la esquina de calle Mendoza y Guatemala, en dirección sur a norte. En dichas circunstancias, el imputado descendió del rodado y José Maturano continuó por calle Guatemala en dirección norte. A las 18:49hs, H., simulando ser un pasajero, abordó el colectivo de la Línea K interno 12, conducido por la víctima, Marcos Iván Daloia, en la parada de calle Mendoza y Guatemala.

Tras abordar el rodado, el colectivo retoma la marcha, y este, que acababa de arribar, sin mediar palabras, le efectuó dos disparos de arma de fuego dirigidos a la zona craneal- Luego de realizado el hecho, el imputado descendió del colectivo en la esquina de Mendoza y México, y se dio a la fuga por calle México hacia el Sur, para luego subirse a la motocicleta referida conducida por su cómplice, dándose a al fuga y refugiándose en un domicilio de calle Nicaragua al 2200. Allí escondieron la motocicleta y se cambiaron las prendas vestidas. Como consecuencia del hecho, la victima debió ser trasladada de emergencia al Heca, donde finalmente falleció el 10 de marzo por las lesiones de arma de fuego sufridas.

También se le atribuye a Axel H. haber portado sin contar con la debida autorización legal, el arma de fuego de guerra calibre .380, la cual se utilizó para cometer el hecho relatado.

El fiscal Adrián Spelta, por su parte, le atribuyó a Joana G. junto a Brenda P., Gustavo M., Macarena M., Axel R. (ya imputados), junto a personas menores y menores no punibles (DMG de 15 años); y junto a personas aún no identificadas; el haber formado parte del grupo que ideó y perpetró la otra parte de los ataques armados destinados a generar temor y conmoción pública en la ciudad.

Personas vinculadas a organizaciones criminales, desde su lugar de alojamiento, en el régimen de alto perfil del Complejo  Penitenciario Federal N.º 1 de Ezeiza, determinaron y encomendaron a Axel R. (ya imputado), quien se encontraba cumpliendo  detención domiciliaria en calle Misiones al 2200 de Rosario, para que organice la comisión de distintos hechos delictivos, ofreciendo  una recompensa económica para quienes ejecuten los mismos.

Así, Axel R. seleccionó el objetivo del hecho, y dispuso de los recursos materiales para cometer el mismo. Por su parte, Brenda P. quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria en calle Las Garzas al 2200 de Funes a disposición de la Justicia Federal y Gustavo M., (ya imputado), aportaron al autor material del hecho, DMG (de 15 años de edad) quien cometió el mismo juntamente con un sujeto de sexo masculino aún no identificado.

Continuando con lo planeado, el día 9 de marzo de 2024, aproximadamente a las 20hs, el menor DMG (de 15 años de edad), por orden de Gustavo M. y Brenda P. fue conducido en un vehículo de alquiler Uber desde calle Anchorena al 1500 hasta calle Misiones al 2200, donde fue recibido por Axel R., quien abonó el servicio. Ya dentro del inmueble donde Axel R. cumplía prisión domiciliaria, recibieron una videollamada efectuada desde el Interior del Servicio Penitenciario Federal, dándole instrucciones del homicidio a cometer, transmitiéndoselo de ese modo al menor de edad DMG.

En esa oportunidad se dispuso el homicidio de cualquier empleado de la estación de servicios ubicada en calle Mendoza y Rojas de Rosario. En esas condiciones Joana G. se hizo presente en el domicilio, trasladando el arma de fuego a utilizar y la nota manuscrita que los autores debían dejar en la escena, amedrentando al gobernador y al ministro de Seguridad y Justicia de Santa Fe.

Momentos más tarde se presentó en el lugar un masculino no identificado, quien aportó el vehículo con el cual se cometería el hecho. Del mismo modo se presentó un segundo masculino no identificado, quien sería el conductor del rodado en el hecho, y que cargó bidones de nafta en el rodado. Alrededor de las 23.30hs, este masculino, conductor del vehículo, y el menor DMG (de 15 años de edad) se dispusieron a conducirse en el rodado hacia el objetivo indicado.

Luego de dar algunas vueltas en torno a la estación, el conductor sobre el rodado aguardaron en la intersección de Rojas y White, mientras que DMG se dirigió a pie hasta la estación de servicio, donde luego de aguardar algunos minutos, una vez que la víctima del hecho, Bruno Nicolás Bussanich ingresó en la cabina de cobranzas del playero de la estación, DMG se acercó al mismo portando una pistola “Taurus” calibre 9mm con la que efectuó tres disparos que impactaron, dos de ellos, en el torso y en el cráneo de la víctima, para luego darse a la fuga, a la corrida, hasta donde lo aguardaba el conductor del rodado.

Al momento de cometer el hecho, DMG arrojó la nota anteriormente descripta y que había sido entregada por Joana G. Luego de abordar el rodado, ambos masculinos se condujeron por calle White hasta calle Furlón, donde tomaron dirección al sur, y antes de llegar a la colectora de Autopista Rosario-Córdoba, detuvieron la marcha e incendiaron el vehículo con bidones de nafta.

Luego de ello, ambos sujetos se dirigieron a la casa de Axel R., donde devolvieron el arma de fuego a Joana G., quien la sacó del lugar y los allegados a Axel R. incineraron las prendas que DMG utilizó en el hecho. Al día siguiente, por indicaciones de Macarena M., quien determinó el lugar en donde DMG debía ir a cobrar lo pactado por la comisión del homicidio, este último se hizo presente en el lugar, en donde una femenina aún no identificada, le hizo entrega de la suma de $400 mil pesos para luego retirarse del lugar en el mismo remis en el que había llegado, hacia la casa de Gustavo M., a quien le entregó la totalidad de la suma cobrada, en concepto de reparación por un moto de su propiedad que había sido secuestrada en el marco de un procedimiento policial.


Fuentes: Rosario3.com, Telefe Rosario y Fiscalía.

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