La Justicia Federal de Rosario autorizó que un hombre pueda donarle un riñón a un compañero de trabajo que se convirtió en su amigo hace 18 años. El caso llamó particularmente la atención porque la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos, la ‘Ley Justina’, autoriza únicamente la ablación entre familiares. Por esta razón debieron realizar un procedimiento judicial hasta lograr la aprobación; ahora esperan que se defina la fecha de la intervención.
Santiago Martínez, abogado patrocinante de Román, el receptor del trasplante, contó que el hombre padece una insuficiencia renal desde muy chico, que se fue agravando con el tiempo y que desde el año pasado debe recurrir a la diálisis, un tratamiento que no solo ocupa mucho de su tiempo, sino que además limita su vida familiar, deportiva y laboral, entre otros aspectos.
- «Yo te voy a dar un riñón», le dijo Paulo, compañero de trabajo y amigo de Román desde hace 18 años. Se conocen desde hace casi dos décadas, cuando coincidieron como empleados del peaje de General Lagos, en la autopista Rosario-Buenos Aires.
- La propuesta comenzó como una broma, pero cuando Román empezó a tratarse con diálisis, Paulo se hizo los estudios de compatibilidad con su «hermano de la vida» y sorpresivamente fueron positivos.
«El simple hecho de haberse hecho los estudios es un indicio de que la buena voluntad del donante, pero cuando le dio positivo la alegría que tenían entre ellos, y especialmente la de Román fue increíble», contó Martínez. El paso siguiente fue hablar seriamente entre ellos y también discutirlo con los médicos, que les explicaron las consecuencias de la cirugía, especialmente a Paulo y a su familia.
El abogado aseguró que Paulo «en ningún momento dudó» de donarle el riñón a su amigo, y su familia lo acompañó desde un principio. «Empezaron a hablar con el nefrólogo, con el sanatorio y cuando ya estaban en el puntapié final se enteraron de que tenían que hacer un procedimiento judicial para que los autoricen, porque la ley que regula este tipo de cuestiones, la ley Justina, autoriza únicamente la donación de órganos entre familiares».
Al tratarse de dos personas que no tienen un vínculo de sangre, el artículo 67 de la ley estipula que para que el procedimiento se lleve a cabo tiene que haber una autorización judicial. El letrado explicó que, para autorizar este procedimiento, los jueces tuvieron en cuenta tres cuestiones: «La necesidad desde el punto de vista médico, que comprobamos con informes médicos y la historia clínica; la otra cuestión que se estudia es si hay efectivamente gratuidad en el acto, y la gran prueba es la amistad profunda entre ellos; y el tercer requisito es que la persona que dona lo haga de forma voluntaria».
Ahora, mientras esperan conocer la fecha del trasplante, Román reconoció que el gesto de Paulo le cambió el pensamiento: “En otro momento no sé si haría lo que hizo él, ahora te digo que sí, que donaría un órgano”.
Fuentes: Aire de Santa Fe y Rosario3.com.