La Justicia rosarina condenó al Hipermercado Libertad por las lesiones sufridas por una niña en enero de 2008, al caer un mueble que era exhibido a unos 30 centímetros de altura. Deberá abonar, entre capital e intereses, una suma que oscila los 15 mil pesos.
En ese momento, la menor concurrió con su padre al establecimiento comercial ubicado en la zona sur de Rosario y mientras recorría el local la niña abrió las puertas de un mueble y el objeto se le cayó encima.
La pequeña sufrió traumatismos en el brazo izquierdo y fue atendida en los hospitales Roque Sáenz Peña y Víctor J. Vilela.
Al revocar la resolución de primera instancia y hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios contra el hipermercado Libertad, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial sostiene que la vigilancia familiar se puede ejercer a una distancia prudencial de la menor.
Los camaristas Ariel Ariza, María de los Milagros Serra y Jorge Peyrano afirman que “no es correcto suponer que pesa sobre el padre la obligación de no separarse de la menor”. Agregan que “el establecimiento comercial debe disponer los objetos exhibidos en condiciones para que no se caigan por el sólo contacto que un niño pueda tener con ellos”.
Destacan en la resolución que “el supermercado debe prever condiciones de seguridad adecuadas para cualquier cliente y en especial para que los menores que puedan concurrir no sufran daños”.
Fuente: Diario La Capital