Estudiantes del Complejo Educativo Dr. Francisco Gurruchaga, ubicado en Salta al 3400, denunciaron que este martes agentes de policía les solicitaron identificación en las inmediaciones de la escuela y preguntaron si formaban parte de algún centro de estudiantes. Según el comunicado emitido por la institución, se manifestó preocupación por el presunto intento de detener a un alumno que no contaba con su DNI.
Desde el Ministerio de Justicia y Seguridad de Santa Fe respondieron que no hubo detenciones y que, de acuerdo con los datos de los GPS de los agentes, ninguno permaneció en la zona por más de 120 segundos, un tiempo insuficiente para realizar identificaciones.
La comunidad educativa expresó su inquietud por el incidente ocurrido en horas de la mañana. En un comunicado, señalaron que a varios estudiantes se les pidió el DNI, se les tomaron fotografías y se les cuestionó sobre su vinculación con el centro estudiantil. También mencionaron que, en el caso de un joven de 14 años sin documento, la policía le advirtió sobre una posible demora por no llevar identificación. Ante la preocupación de las familias, algunos decidieron no enviar a sus hijos a clases, aunque desde la institución aclararon que las actividades continuaron con normalidad. Además, informaron que abrirán espacios de diálogo y reflexión para abordar el tema, con el objetivo de evitar que los estudiantes asistan a clases con temor.
Por su parte, el Ministerio aseguró que, durante la mañana del martes, no se registraron demoras bajo el artículo «10 bis», que permite la identificación en vía pública cuando haya sospecha de actividad ilícita. Asimismo, solicitó la colaboración de la población para esclarecer los hechos.
El «10 bis», parte de la ley provincial modificada en 2023, permite la demora de ciudadanos en la vía pública por hasta seis horas para confirmar su identidad en caso de sospecha de actividad delictiva. Esta normativa ha sido objeto de controversia y de un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP), que considera que la medida vulnera derechos fundamentales.
En primera instancia, el juez Rafael Coria rechazó el pedido de inconstitucionalidad, argumentando que su anulación generaría un trato desigual entre ciudadanos de distintas localidades. Sin embargo, el juez Gustavo Salvador ratificó la validez de la norma en segunda instancia, aunque impuso restricciones para prevenir el uso arbitrario de la medida, estableciendo un límite en la duración de la demora para resguardar la libertad de circulación.