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jueves, abril 17, 2025

La Justicia rechazó el pedido de Quintela y despejó el camino de Cristina hacia la presidencia del PJ

La jueza federal María Servini rechazó este viernes el pedido del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, de posponer los comicios internos del Partido Justicialista (PJ) y dio lugar a la decisión de la junta electoral del espacio que impugnó la lista “Federales, un grito de corazón”, por irregularidades en su presentación. De ese modo, convalidó solo la nómina encabezada por la dos veces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien asumirá a la conducción de la fuerza política el 17 de noviembre próximo.

Pese a la apelación a cargo de los apoderados de la lista del riojano, Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, quienes plantearon a través de un escrito la insuficiencia en la fundamentación y la invalidez en las observaciones de la junta electoral tras haber invalidado la postulación, la Justicia respaldó los motivos expuestos por el órgano partidario.

Servini precisó que el recurso planteado es insuficiente para contrarrestar la decisión y expuso que, más allá del total de 70.531 avales que la lista de Quintela asegura haber presentado en 4.703 planillas, la junta electoral contabilizó 60.755 avales en 4.464 planillas, de los cuales 6.809 fueron observados por falta de documentación y otros 5.195 por irregularidades en los datos.

“La presentación de avales es uno de los requisitos indispensables para oficializar los candidatos de las distintas líneas internas. Tal exigencia debe entenderse como el estándar mínimo de consenso que debe reunir un postulante para aspirar a competir en una elección, para que cuente con una necesaria representatividad de los afiliados, constituyendo así una verdadera fuerza política”, argumentó.

En esa línea, amplió: “Es preciso señalar también que la apelante no rebate ni controvierte las razones expuestas por la junta electoral, que dieron sustento a su decisión, sino que, por el contrario, sólo expresa su descontento con lo resuelto, puesto que no existen argumentos distintos a los que analizara (el organismo partidario), no acompañando ningún elemento que permita sostener que la junta haya actuado de manera parcial favoreciendo a la otra lista participante”.

“En relación a las demás cuestiones planteadas, como la falta de interés de realizar los comicios por parte de la junta electoral, como también la queja respecto de la falta de «depuración» de los padrones (los cuales son remitidos por los Juzgados Electorales de cada provincia de acuerdo al registro de afiliados de su distrito), no puede dejar de señalarse que esos cuestionamientos fueron intentados una vez que se rechazara la lista presentada por la falta de avales, no habiendo sido objeto de cuestionamiento alguno en los plazos previstos en el cronograma”, especificó.

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