El gobierno de Javier Milei eliminó la resolución que exigía paridad de género en empresas y asociaciones civiles. Lo oficializó la Inspección General de Justicia, a cargo de Daniel Roque Vítolo, a través de la Resolución General 13/2024 del Boletín Oficial, en el que se derogan las Resoluciones 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021, todas publicadas durante la administración del expresidente Alberto Fernández.
- Con esta derogación, las empresas y asociaciones civiles ya no tendrán la obligación de garantizar la conformación de un equipo integrado por la misma cantidad de hombres que de mujeres.
La norma disponía que “las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan; las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una conformación que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos para que estén integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”.
El inspector general de Justicia de la Nación explicó que esta acción se basa en fallos judiciales previos que declararon la invalidez de las resoluciones, argumentando que la IGJ no tiene la competencia para imponer normativas imperativas en esta materia. Además, destacó que la obligación de igualdad de género en la composición de órganos administrativos de entidades privadas había sido invalidada por la justicia, tanto en el fuero comercial como en el contencioso administrativo federal.
En su declaración, Vítolo subrayó que «no es competencia del Poder Ejecutivo dictar cómo deben constituirse los órganos de las personas jurídicas privadas, resaltando la importancia de respetar la libertad que otorga la Constitución nacional a los particulares en este aspecto».