sábado 27 junio 2026

Definen la incorporación de 300 nuevas licencias de taxis, garantizando “igualdad de género entre conductoras y conductores”

En el marco del nuevo aumento en la tarifa de taxis, el Concejo Municipal rosarino definió la incorporación de 300 nuevas licencias “garantizando igualdad de género entre conductoras y conductores”.

La ordenanza aprobada por los concejales autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar “de manera excepcional, hasta trescientas (300) unidades al servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro”.

“Estas licencias tendrán como requisito para la adjudicación y mantenimiento de la explotación la condición de que los beneficiarios de las mismas desempeñen las tareas como chofer de la unidad en forma personal en uno de los dos turnos de trabajo obligatorios. Un 50% como mínimo de los derechos a adjudicar, se otorgarán en forma directa, a las mujeres que se inscribieren en la presente categoría. El DEM generará las condiciones necesarias a los fines de garantizar y facilitar la adjudicación en el porcentaje previsto”, expresaron en el proyecto que obtuvo el visto bueno.

“Se establece una prioridad en favor de actuales conductoras y conductores del sistema de taxis, en cuyo caso se regirá del siguiente modo: se adjudicarán entre los choferes inscriptos en el Registro de Credenciales Habilitantes que cuenten con antigüedad en la actividad a la fecha de sanción de la presente Ordenanza. Si no se hubiera cubierto la totalidad de los oferentes y aún quedaren licencias vacantes, éstas se adjudicarán a los restantes inscriptos que no sean actuales conductoras y conductores del sistema”, añadieron.

Entre los argumentos de la ordenanza, señalaron que “se otorgará un único Derecho de Explotación por persona física y la misma no podrá ser titular de otra licencia en servicio”. “Vía reglamentarla se deberán fijar condiciones para priorizar a las conductoras, conductores y/o particulares que tienen mejor observación de las normas de tránsito y demás condiciones que deben reunir los interesados/as en estas licencias, las cuales no pueden modificar los requisitos para acceder a las presentes”, agregaron.

“Son intransferibles, salvo por fallecimiento del titular. En este supuesto se transferirá a favor de los que acrediten en legal forma su calidad de herederos, y será por el término faltante. Se otorgarán por diez (10) años, contados desde la efectiva iniciación del servicio”, detallaron.

Requisitos

Los taxis a incorporar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Deberán ser Cero Kilómetro o modelos que no excedan los 24 meses de antigüedad desde la convocatoria para el otorgamiento, en este caso el kilometraje no podrá exceder de 50.000 km.

b) Deberán contar con medios de pago electrónico.

c) Deberán contar con espacio disponible en el baúl o dispositivos accesorios para el adecuado traslado de los elementos de movilidad de personas con discapacidad motriz.

d) Deberán cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza 8295/08 y 8949/12.

e) Deberán respetar el diseño exterior establecido por la autoridad de aplicación.

f) El DEM establecerá por vía reglamentarla los restantes requisitos técnicos que deberán cumplimentar las unidades.

Otorgamiento

a) Se adjudicarán trescientos (300) Derechos de Explotación: un 4% a personas físicas con discapacidad, y el resto a personas físicas que serán propietarias/os conductoras/es. Teniendo que otorgarse como mínimo un 50% a mujeres y garantizando la prioridad de actuales conductoras y conductores del sistema. Por último, si no se hubiera cubierto la totalidad de los oferentes y aún quedaren licencias vacantes se adjudicarán a personas jurídicas.

b) Para garantizar el servicio de concurrencia, se dará amplia difusión al llamado en los medios locales de comunicación y en la página web de la municipalidad.

c) Si las ofertas precalificadas superan la cantidad licitada, y en caso de idénticas condiciones objetivas de idoneidad, se deberá priorizar en el otorgamiento a las personas que sean jefa/e de familia monoparental, o que no siéndolo, su cónyuge o conviviente tenga Constancia Negativa de Anses.

d) Los interesados solo podrán inscribirse en una única categoría.

e) Todas las personas físicas y jurídicas contempladas en la presente Ordenanza, deberán acreditar contar con una unidad en condiciones de ser puesta en servicio o deberán acreditar la posibilidad de comprar la unidad a través de ahorros o calificación como potencial beneficiario de algunos de los servicios financieros que ofrece el Banco Municipal de Rosario y/o cualquier otra entidad bancaria para la adquisición de la unidad.

f) Las personas físicas pre-adjudicatarias serán adjudicatarios del Derecho de Explotación, previo pago del canon establecido en la Ordenanza General Impositiva, art. 102 inc. b), bajo alguna de las siguientes modalidades:

a. Pago contado.

b. Hasta 36 cuotas con interés de financiación.

g) El Ejecutivo gestionara a través del Banco Municipal una línea de crédito a fin de facilitar el acceso a la compra de la unidad pertinente para la prestación del servicio.

h) La adjudicación de las Licencias por parte del DEM se hará en observancia a la Ordenanza 10.097/20.

+info

El Concejo aprobó el aumento en la tarifa de taxis, con bajadas de bandera de 131 y hasta 159 pesos

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