La Justicia Federal intimó al gobierno nacional a poner en plena ejecución la Ley de Emergencia en Discapacidad a más tardar el 4 de febrero y le ordenó acreditar, en un plazo de cinco días, el avance concreto en la implementación de la norma. La resolución fue dictada este martes, en plena feria judicial, luego de que el Poder Ejecutivo apelara en diciembre el fallo que había dejado sin efecto el decreto que suspendía la aplicación de la ley.
La decisión fue adoptada por el juez federal de Campana Adrián González Charvay, quien ya había invalidado el artículo 2 del Decreto 681/2025, mediante el cual el Gobierno había frenado la vigencia de la norma sancionada por el Congreso. En su nuevo pronunciamiento, el magistrado recordó que, pese a la apelación presentada por el Ejecutivo, el recurso fue concedido con efecto devolutivo, por lo que la sentencia sigue siendo obligatoria hasta que se expida la instancia superior.
En ese marco, González Charvay intimó al Estado Nacional a que “en el plazo de cinco (5) días informe y acredite con las constancias respectivas el avance de los trámites tendientes al cumplimiento de la sentencia”, bajo apercibimiento. Además, dejó expresamente fijada la fecha límite para la plena vigencia de la ley, conforme a los plazos previstos en la propia norma.
“Toda vez que la Ley de Emergencia citada debe estar reglamentada dentro de los treinta días (conf. art. 21), y tomando como inicio del cómputo el proveído de fecha 18/12/2025 que concedió el recurso de apelación con efecto devolutivo, la ley deberá estar en plena ejecución para el día 04/02/2026”, sostuvo el juez en su resolución, sin perjuicio de lo que eventualmente decida la Cámara Federal de San Martín.
La Ley de Emergencia en Discapacidad obliga al Estado a garantizar la financiación adecuada de las pensiones por discapacidad y a fortalecer la asistencia integral para ese sector. Fue aprobada por el Congreso en julio, vetada por decreto en agosto, y finalmente ratificada por el Parlamento en septiembre, lo que obligó al Ejecutivo a promulgarla.
Sin embargo, el gobierno encabezado por Javier Milei nunca avanzó con su aplicación efectiva, argumentando que la norma no establecía con claridad las fuentes de financiamiento. Ese planteo fue rechazado por la Justicia en diciembre, cuando se ordenó aplicar la ley de manera inmediata, fallo que luego fue apelado por el Ejecutivo.
En la resolución conocida este martes, el juez volvió a desestimar ese argumento y remarcó que, transcurridos los plazos legales desde la concesión del recurso de apelación, la ley debe comenzar a ejecutarse de manera plena, independientemente de la revisión que pueda realizar el tribunal de alzada.
Cabe recordar que, a fines del mes pasado, el Gobierno intentó derogar la Ley de Emergencia en Discapacidad a través del proyecto de Presupuesto 2026, una iniciativa que volvió a ser bloqueada por el Congreso, que eliminó ese artículo del texto definitivo. Con este nuevo fallo, la Justicia refuerza la obligación del Ejecutivo de cumplir una norma vigente y ratificada por el Parlamento.


